Es habitual entre los empresarios mostrarse algo reacios a dar el paso de contratar personal, ya que lo ven como un «gran gasto» y optan por trabajar fuera de los libros o contratar personal «remunerado».
Pueden constituirse como personas jurídicas (empresas) a través de Internet mediante la plataforma de creación de empresas SID-SUNARP:
- Pueden asociarse para acceder mejor al mercado privado y a la contratación pública.
- Se benefician de subvenciones estatales para participar en ferias y exposiciones regionales, nacionales e internacionales.
- Cuentan con un mecanismo ágil y sencillo para realizar sus exportaciones, denominado Exporta Fácil, administrado por la SUNAT.
- Pueden participar en licitaciones y contratos públicos.
- Es el salario económico que perciben los trabajadores durante un periodo determinado y que se abona en virtud de un mandato legal.
- Navidad y aguinaldos.
- Subsidio familiar.
- Reparto del trabajo: Reparto de beneficios.
- CTS: Compensación por tiempo de servicio.
- Paga de vacaciones.
- Seguro médico: Essalud y derechos de seguro de vida.
- Permiso de maternidad/paternidad
Sólo en el caso del seguro de enfermedad y del permiso de maternidad/paternidad se conceden estas prestaciones de forma indirecta. Para muchos empresarios, estas prestaciones suponen unos costes muy elevados de cubrir, ya que los cálculos dependen del salario del trabajador y del tiempo de trabajo. Por ello, el Estado ha creado el régimen especial de empleo para microempresas y/o pequeñas empresas, más conocido como REMYPE.
Los beneficios concedidos a una microempresa o pequeña empresa dependen del nivel de ventas anuales y del número de trabajadores:
- Microempresa: hasta 10 trabajadores y con un límite máximo de 150 UIT (UIT para el 2021 S/ 4,400), por lo que el máximo sería de S/ 660,000 soles.
- Pequeñas empresas: hasta 100 trabajadores y con un límite máximo de 1,700 UIT, que para el 2021 equivale a 7,480,000 soles.
En este sentido, digamos que una microempresa otorga como beneficios sociales a sus trabajadores
- 15 días de vacaciones, seguro SIS (por el cual sólo paga S/ 16.-)
- Pago de subsidio por desempleo
- Pago de subsidio por desempleo
- Pago de subsidio por desempleo.
Si las funciones desempeñadas por el trabajador se consideran de «alto riesgo», la empresa debe suscribir un seguro laboral complementario (SCTR) y, en caso de despido arbitrario, la empresa debe abonar 10 jornales por año completo de servicio (con un máximo de 90 jornales).
Por otro lado, la pequeña empresa otorga:
- 15 días de vacaciones
- Seguro Essalud
- SCTR
- Medio sueldo por CTS
- Medio sueldo por aguinaldos (fiestas patrias y navidad)
- Indemnización por despido arbitrario de 20 jornales por año completo de servicio (límite superior 120) y beneficios, esto último si cumple con las condiciones, más detalles aquí.
- En cuanto a las ayudas familiares, NO es una prestación que conceda el SME, ya que la ley no obliga a ello, sino que prevé permisos de maternidad/paternidad.
Beneficios de la Ley MYPE
Los principales beneficios que deberemos tener muy en cuentas son los siguientes:
Principales ventajas del régimen laboral especial
Los trabajadores y los SME tienen un régimen laboral especial, aunque pueden acordar mejores condiciones de trabajo con sus empleadores de SME. La permanencia en este régimen especial de trabajo puede variar si la EEMM supera los niveles máximos de ventas durante dos años consecutivos.
Principales ventajas del régimen especial de salud
Los trabajadores y conductores de microempresas, así como sus dependientes, tienen cobertura de salud a través del SIS – Sistema Integral de Salud. El Estado pagará el 50% y el otro 50% correrá a cargo del empresario, siempre que la microempresa esté inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE). Los trabajadores de la microempresa estarán debidamente asegurados por ESSALUD.
Sistema de pensiones
La inscripción de los trabajadores y conductores de microempresas en un sistema de pensiones (Sistema Nacional de Pensiones (SNP) administrado por la Oficina de Normalización Previsional -ONP- o sistema privado de pensiones administrado por la AFP) es facultativa, siempre que nunca hayan cotizado. Para los trabajadores de las pequeñas empresas, la afiliación al SNP o a las AFP es obligatoria.
Acompañamiento en el trabajo
La inspección de trabajo les da un trato especial en cuanto a sanciones e inspecciones laborales. Disponen de un plazo para corregir las infracciones laborales y de un servicio de asesoramiento para promover la formalidad. Este tratamiento es válido durante tres años, a partir del momento en que se adhieran al régimen especial.
Contratación pública
Las instituciones del Estado deben programar al menos el cuarenta por ciento (40%) de sus contratos para bienes y servicios que puedan suministrar, dando preferencia a las PYME regionales y locales del lugar donde se realicen las compras o se lleven a cabo las obras públicas. En los contratos de suministro de bienes y servicios, ejecución periódica y consultoría en obras que las MyPEs celebren con el Estado, podrán optar por presentar la garantía de fiel ejecución o la retención del diez por ciento (10%) del monto total del contrato.
Gastos de formación
Las PYME tienen derecho a una bonificación en el impuesto sobre la renta igual al importe de los gastos de formación, siempre que no supere el tres por ciento de su nómina anual.
Recuperación anticipada del IVA
Las microempresas dedicadas a la producción de bienes y servicios gravados por el impuesto general sobre las ventas (IGV) o a la exportación pueden obtener la devolución, mediante notas de crédito negociables, del crédito fiscal generado por las importaciones y/o compras locales de bienes de equipo nuevos, con el fin de promover la compra, renovación o sustitución de bienes de equipo.
Factura negociable
Esta es la tercera copia de la factura, que no tiene implicaciones fiscales. Sin embargo, en términos financieros, las PYME que emiten facturas comerciales en formato electrónico o no electrónico pueden utilizar esta copia, Factura Negociable, como equivalente de una garantía para transferirla a un tercero y obtener liquidez inmediata.
¿Cómo acceder al régimen especial de empleo REMYPE?
Si puede acogerse al REMYPE, primero debe inscribirse en la página web del Ministerio de Trabajo, sección: Registro Nacional de Microempresas y Pequeñas Empresas (REMYPE). Debe iniciar sesión con su RUC y Clave SOL y, a continuación, introducir los datos de su empresa, los datos del trabajador y el tipo de contrato. Tendrá que esperar unos 7 días para recibir una «respuesta» del Ministerio y podrá validarla accediendo de nuevo al curso donde podrá ver su justificante de inscripción en REMYPE.
¿Qué ocurre si supero los límites anuales de ventas?
El artículo 32 de la Ley del SME establece que si supera sus ventas anuales durante un periodo de dos años naturales consecutivos, puede mantener su régimen laboral especial durante otro año natural. Es decir, en el 4º año tienen que pasar al régimen laboral correspondiente: las microempresas pasan al régimen de pequeña empresa y las pequeñas empresas pasan al régimen laboral general.
¿Qué pasa si no estoy inscrito en el REMYPE pero ya contraté y declaré a mi trabajador ante SUNAT?
Puede que acabe de descubrir REMYPE y reúna los requisitos, pero que ya tenga trabajadores. En este caso, sus trabajadores disfrutarán de los derechos del régimen laboral general, es decir, recibirán todas las prestaciones sociales. Si este es tu caso, te insto a que revises cómo estás pagando las prestaciones sociales, porque si no estás en REMYPE, tienes que pagarles todas las prestaciones y hacer una regularización inmediata antes de que el Ministerio te revise, porque estarías incumpliendo la legislación laboral y por lo tanto te multarían.
También puede ocurrir que sólo haya unos pocos trabajadores que perciban ya todas las prestaciones, pero tenga previsto contratar a más. En este caso, si cumple los requisitos, puede inscribirse en el REMYPE, y sólo los nuevos trabajadores que contrate podrán beneficiarse de este régimen. Cabe señalar que no es válido liquidar a quienes ya están recibiendo prestaciones completas y luego volverlos a contratar sólo para estar en REMYPE, también violaría la ley.
¿Quién no puede acogerse a REMYPE?
El régimen no se aplica a las microempresas ni a las pequeñas empresas a título individual:
- Cuando una empresa forma un grupo económico que, en su conjunto, no reúne las características de una mipe.
- Cuando una empresa tiene vínculos económicos con otras empresas o grupos económicos, es decir, tiene los mismos propietarios.
- Cuando una empresa falsifica información o divide una empresa en otras pequeñas para beneficiarse del régimen.
- Cuando las empresas pertenecen a los siguientes sectores: bares, discotecas, casinos y juegos de azar.
En resumen, inscribir a los trabajadores en planilla no es caro, solo hay que investigar un poco más sobre los beneficios que otorga el Estado peruano a las empresas que recién empiezan o que aún no tienen un volumen de ventas sostenible para realizar estos pagos.
ÍNDICE